Volver a Impuesto de Renta y Complementarios
IMPUESTOAño gravable 2025VIGENTEOPERATIVO

Impuesto de Renta · Personas Jurídicas

Jurisdicción: Colombia

¿Por qué debes conocerla?

Define cómo se liquida el impuesto de renta de las sociedades y demás personas jurídicas del régimen ordinario.

¿Qué regula?

  • Tarifa general de renta para sociedades nacionales (artículo 240 del Estatuto Tributario)
  • Sobretasas sectoriales aplicables a ciertas actividades económicas
  • Renta líquida gravable, renta presuntiva y descuentos tributarios
  • Conciliación entre la utilidad contable bajo NIIF y la renta fiscal

¿Qué debe saber un contador?

  • 1.La tarifa general es del 35 % sobre la renta líquida gravable, pero existen tarifas y sobretasas diferenciales según el sector.
  • 2.La utilidad contable bajo NIIF debe conciliarse con la renta fiscal mediante el sistema de conciliación fiscal (formato y anexos correspondientes).
  • 3.Los descuentos tributarios y beneficios vigentes deben revisarse antes de liquidar el impuesto a cargo definitivo.

¿Cuándo la consultas?

Al liquidar el impuesto de renta anual de una sociedad y al proyectar su impuesto diferido.

¿A quién aplica?

Sociedades y demás personas jurídicas contribuyentes del régimen ordinario en Colombia.

Fuente Oficial

DIAN

Última revisión: 2026-09-19
Ver fuente oficial