Volver a IVA e Impoconsumo
IMPUESTO2026VIGENTEOPERATIVO

Impuesto Nacional al Consumo

Jurisdicción: Colombia

¿Por qué debes conocerla?

Grava hechos puntuales como el servicio de restaurantes y bares, la telefonía móvil y ciertos vehículos, de forma independiente del IVA.

¿Qué regula?

  • Hechos generadores: telefonía móvil, algunos vehículos y el servicio de restaurantes y bares
  • Tarifas aplicables por tipo de bien o servicio
  • Sujetos responsables del recaudo

¿Qué debe saber un contador?

  • 1.Es un impuesto distinto e independiente del IVA: un mismo hecho puede generar uno, otro, ambos o ninguno según lo que defina la ley.
  • 2.El servicio de restaurantes y bares está sujeto a impoconsumo en lugar de IVA, salvo las excepciones previstas en la norma.
  • 3.El impoconsumo no genera impuestos descontables para quien lo paga.

¿Cuándo la consultas?

Al facturar servicios de restaurante, bar o telefonía móvil, o la venta de bienes gravados con este impuesto.

¿A quién aplica?

Prestadores de los servicios y vendedores de los bienes que la ley señala expresamente como hecho generador.

Fuente Oficial

DIAN

Última revisión: 2026-09-19
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