Volver a IVA e Impoconsumo
IMPUESTO2026VIGENTEOPERATIVO
Impuesto Nacional al Consumo
Jurisdicción: Colombia
¿Por qué debes conocerla?
Grava hechos puntuales como el servicio de restaurantes y bares, la telefonía móvil y ciertos vehículos, de forma independiente del IVA.
¿Qué regula?
- Hechos generadores: telefonía móvil, algunos vehículos y el servicio de restaurantes y bares
- Tarifas aplicables por tipo de bien o servicio
- Sujetos responsables del recaudo
¿Qué debe saber un contador?
- 1.Es un impuesto distinto e independiente del IVA: un mismo hecho puede generar uno, otro, ambos o ninguno según lo que defina la ley.
- 2.El servicio de restaurantes y bares está sujeto a impoconsumo en lugar de IVA, salvo las excepciones previstas en la norma.
- 3.El impoconsumo no genera impuestos descontables para quien lo paga.
¿Cuándo la consultas?
Al facturar servicios de restaurante, bar o telefonía móvil, o la venta de bienes gravados con este impuesto.
¿A quién aplica?
Prestadores de los servicios y vendedores de los bienes que la ley señala expresamente como hecho generador.
Fuente Oficial
Ver fuente oficialDIAN
Última revisión: 2026-09-19