Marco regulatorio oficial · República de Colombia · Auditoría y aseguramiento
El Decreto 302 de 2015 expidió el Marco Técnico Normativo de las Normas de Aseguramiento de la Información (NAI) en desarrollo de la Ley 1314 de 2009. Actualmente sus disposiciones se encuentran compiladas y actualizadas de manera integral en el Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Regula de forma vinculante el ejercicio de la auditoría financiera, la revisoría fiscal en entidades de mayor complejidad y los estándares internacionales de ética emitidos por IFAC/IESBA.
Art. 1 y Anexo Técnico · Estándares internacionales IFAC
Adopta el conjunto integral de pronunciamientos emitidos por el IAASB e IESBA: 1) Normas Internacionales de Auditoría (NIA/ISA) para auditoría de estados financieros históricos; 2) Normas Internacionales de Control y Gestión de la Calidad (NICC 1 / NIGC 1 y 2) para firmas y contadores independientes; 3) Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (NITR/ISRE); 4) Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar (ISAE); 5) Normas de Servicios Relacionados (NISR/ISRS); y 6) Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad.
Art. 3 · Criterios técnicos de sujeción NAI vs. NAGAS
Revisores Fiscales y auditores que dictaminen estados financieros de entidades del Grupo 1, y entidades del Grupo 2 que tengan más de 30.000 SMMLV de activos o más de 200 trabajadores.
Revisores Fiscales de entidades que no cumplan dichos umbrales continúan aplicando las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAS) del Art. 7 de la Ley 43 de 1990, sin perjuicio de acoger NAI de forma voluntaria.
En entidades sujetas a NAI, el Revisor Fiscal debe evaluar el control interno conforme a la ISAE 3000 para fundamentar su opinión sobre el cumplimiento legal y la gestión administrativa.
Marco Conceptual Deontológico Internacional
Impone a los profesionales de aseguramiento la obligación de identificar, evaluar y responder frente a las amenazas a los principios fundamentales de ética: amenazas de interés propio, autorrevisión, abogacía, familiaridad e intimidación. Establece salvaguardas obligatorias y prohíbe taxativamente la prestación simultánea de servicios que comprometan el juicio profesional del auditor o revisor fiscal.
Estándares aplicables a firmas y contadores independientes
Dispone que las firmas de contadores públicos y los profesionales independientes que presten servicios de auditoría y revisoría fiscal deben diseñar, implementar y operar un sistema de gestión de la calidad. Este sistema abarca la gobernanza y liderazgo, requerimientos de ética relevantes, aceptación y continuidad de relaciones con clientes, realización de los encargos y el proceso periódico de seguimiento y corrección.