Comprende las cuentas que registran las inversiones en acciones, cuotas o partes de interés social, títulos valores, papeles comerciales o cualquier otro documento negociable adquirido por el ente económico con carácter temporal o permanente, con la finalidad de mantener una reserva secundaria de liquidez, establecer relaciones económicas con otras entidades o para cumplir con disposiciones legales o reglamentarias. Las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social, se registrarán por su costo histórico. Las demás inversiones, como bonos, cédulas, certificados,etc., se contabilizarán por su valor nominal. Sin embargo, en caso de presentarse diferencias entre este último y el costo histórico, con el propósito de no quebrantar la norma contable básica de "Valuación o medición", tales diferencias contratará a trav és de cuentas auxiliares complementarias valuativas de la inversión, específicamente en los títulos en que se presente la diferencia. Para el efecto, se utilizarán los rubros Descuento por Amortizar o Prima por Amortizar. El costo histórico incluye las sumas en que se incurre para la compra de la inversión, el cual, para el caso de las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social se ajustará mensual o anualmente, reconociendo el efecto inflacionario de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales vigentes: Cuando el ente económico tenga como actividad principal la de rentista de capital, al momento de vender sus inversiones deberá cargar la cuenta 6150 -Actividad Financiera. Si dicha inversiones son realizadas en d esarrollo de actividades secundarias, cuando el valor de ventas es menor, ésta se cargará a la respectiva cuenta de provisiones. En caso de no existir o ser insuficiente la provisión el saldo deberá debitarse a la subcuenta 531005 -Venta de Inversiones. Cuando se posean inversiones en subordinadas, respecto de las siguientes le transfieran sus utilidades, deben contabilizarse bajo el método de participación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. (Descripción modificada por el D.R.2894/94, art.8º)
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Reconocimiento o aumento de inversiones.
Disminución, cancelación o traslado de inversiones.
Corrección de clasificación sin alterar los fondos reales.
Ejemplo de 12 Inversiones, usando 1205 Acciones: Ejercicio de clasificación, no una compra ni un pago: al revisar un comprobante de $250.000, se confirma que el concepto corresponde a «Acciones» (1205), pero se había clasificado en «Cuotas o partes de interés social» (1210). Se corrige únicamente la clasificación, manteniendo la operación original y sin mover dinero.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 1205Acciones | $ 250.000 | — |
| 1210Cuotas o partes de interés social | — | $ 250.000 |
| Sumas iguales | $ 250.000 | $ 250.000 |
Un activo ordinario aumenta con un débito y disminuye con un crédito. Sus cuentas correctoras tienen naturaleza crédito y reducen el valor neto del activo.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 1205Acciones | — | $ 250.000 |
| 1210Cuotas o partes de interés social | $ 250.000 | — |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Acciones
Contrapartida del ejemplo
1210Cuotas o partes de interés social
Contrapartida del ejemplo
6150Actividad financiera
Cuenta para contrastar
531005Venta de inversiones
Cuenta para contrastar
11Disponible
Cuenta para contrastar
12 Inversiones y 11 Disponible son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.