Cuenta histórica: la obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada en 2007. Esta ficha sirve para comprender registros antiguos, no para proponer nuevos ajustes.
Registra el valor de las existencias de los diferentes bienes cosechados, extraídos o fabricados parcial o totalmente por el ente económico y que se encuentran disponibles para la comercialización.
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Por el valor de la producción terminada y despachada o trasladada a las bodegas del empresa de acuerdo con los reportes de producción.
Por el valor de los productos devueltos por los clientes.
Por el valor de los productos sobrantes en los inventarios físicos efectuados, debidamente aprobadas.
Por el valor de los ajustes por menor valor en la determinación del costo de ventas
Por el valor de los subproductos 143020, que han sido producidos en la operación normal para ser vendidos o utilizados.
Por el valor del inventario final al cierre del ejercicio, cuando el empresa utiliza el sistema periódico.
Referencia histórica: Por el valor del ajuste por inflación.
Por el valor del costo de los despachos de mercancía vendida.
Por el valor del costo de los respectivos productos dados de baja por devoluciones defectuosas, roturas accidentales, etc.
Por el valor del costo de los respectivos productos faltantes en los inventarios físicos realizados.
Por el valor del ajuste del mayor costo de venta determinado.
Por el valor de la pérdida de productos.
Por el costo de los productos entregados como muestra.
Por el valor de los subproductos consumidos, vendidos o trasladados.
Por el valor del inventario inicial al cierre del ejercicio, cuando el empresa utiliza el sistema periódico.
Corrección de clasificación sin alterar los fondos reales.
Ejercicio histórico del catálogo. Ejercicio de clasificación, no una compra ni un pago: al revisar un comprobante de $250.000, se confirma que el concepto corresponde a «Ajustes por inflación» (143099), pero se había clasificado en «Productos manufacturados» (143005). Se corrige únicamente la clasificación, manteniendo la operación original y sin mover dinero. No propone realizar nuevos ajustes integrales por inflación.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 143099Ajustes por inflación | $ 250.000 | — |
| 143005Productos manufacturados | — | $ 250.000 |
| Sumas iguales | $ 250.000 | $ 250.000 |
Un activo ordinario aumenta con un débito y disminuye con un crédito. Sus cuentas correctoras tienen naturaleza crédito y reducen el valor neto del activo.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 143099Ajustes por inflación | — | $ 250.000 |
| 143005Productos manufacturados | $ 250.000 | — |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Productos manufacturados
Contrapartida del ejemplo
143020Subproductos
Cuenta para contrastar
14Inventarios
Cuenta para contrastar
143099 Ajustes por inflación y 143005 Productos manufacturados son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.