Registra el monto de la amortización acumulada por el ente económico sobre la base del costo ajustado por inflación, de las propiedades, planta y equipo tangibles, tales como plantaciones agrícolas y forestales, vías de comunicación y semovientes. La amortización debe basarse en la vida útil del bien Para la fijación de dicha vida útil es necesario considerar el deterioro por el uso la acción de factores naturales. El valor de las propiedades plantas y equipos que tienen una vida útil limitada, debe destinarse como una forma de medir la expiración de éstos, mediante el registro sistemático de su amortización durante su vida útil o el período estimado en que dichos activos generan ingresos. Por loanterior, se deberá observar lo siguiente: a. El costo ajustado por inflación es la base para la amortización de la propiedad. b. La amortización debe ser determinada mediante alícuotas establecidas de acuerdo con estudios técnicos por medio de los cualesse puede establecer una relación adecuada entre las cosas expiradas de los bienes y los ingresos correspondientes. c. Los cambios en las estimaciones del periodo de vida útil, se deben reconocer mediante la modificación de la alícuota por amortización en forma prospectiva de acuerdo con la nueva estimación. La amortización acumulada deberá ajustase por inflación, de acuerdo con las normas legales vigentes.
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Por el valor de la amortización acumulada que tengan los bienes dados de baja por venta cesión, destrucción u otra causa.
Por el valor de la alícuota mensualmente con cargo a la subcuenta respectiva del costo o gasto por amortización.
Referencia histórica: Por el valor del ajuste por inflación.
Corrección de clasificación sin alterar los fondos reales.
Ejercicio de clasificación, no una compra ni un pago: al revisar un comprobante de $250.000, se confirma que el concepto corresponde a «Vías de comunicación» (159710), pero se había clasificado en «Plantaciones agrícolas y forestales» (159705). Se corrige únicamente la clasificación, manteniendo la operación original y sin mover dinero.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 159710Vías de comunicación | — | $ 250.000 |
| 159705Plantaciones agrícolas y forestales | $ 250.000 | — |
| Sumas iguales | $ 250.000 | $ 250.000 |
Esta cuenta reduce el valor neto del activo. Por eso acumula créditos, aunque esté en la clase Activo; no es una deuda.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 159710Vías de comunicación | $ 250.000 | — |
| 159705Plantaciones agrícolas y forestales | — | $ 250.000 |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Plantaciones agrícolas y forestales
Contrapartida del ejemplo
15Propiedades, planta y equipo
Cuenta para contrastar
159710 Vías de comunicación y 159705 Plantaciones agrícolas y forestales son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.