Cuenta histórica: la obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada en 2007. Esta ficha sirve para comprender registros antiguos, no para proponer nuevos ajustes.
Registra el valor apreciable en dinero que confiere al ente económico derechos tales como la exclusividad de producir y vender material de lectura, grabaciones y obrasde arte al amparo de la propiedad intelectual, al igual que aquellos importes incurridos en su adquisición cuando son comprados. Registra también el valor pagado al adquirir puestos en las Bolsas de Valores o Agropecuarias, los derechos derivados de bienes entregados en fiducia mercantil, que dan al fideicomitente o beneficiario la posibilidad de ejercerlos de acuerdo al acto constitutivo o la ley así como los que originan aquellos bienes recibidos en arrendamiento financiero. La transferencia de uno o másbienes que hace el fiduciante o fideicomitente al fiduciario debe efectuarse para fines contables por su costo ajustado de suerte que la entrega en sí misma no genera la realización de utilidades para el constituyente y éstas sólo tendrán incidencias en los resultados cuando "realmente" se enajene a terceros el bien o bienes objeto del fideicomiso. El valor asignado al bien(es) en fideicomiso se revelará en cuentas de orden bajo el código 839520 -Bienes y Valores en Fideicomiso-. 162515 -En Fideicomisos Inmobiliarios-registra los contratos fiduciarios, mediante los cuales el ente económico transfiere un buen inmueble a la entidad fiduciaria para que administre y desarrolle un proyecto inmobiliario de acuerdo con las instrucciones señaladas en el contrato cuando el beneficiario sea el mismo fideicomitente. 162520 -En Fideicomisos de Garantía-registra los contratos fiduciarios mediante los cuales el ente económico transfiere uno o varios bienes a una entidad fiduciaria para garantizar con ellos y/o con su producto el cumplimiento de ciertas obligaciones designando como beneficiario a los acreedores de dichas obligaciones. Tales fideicomisos, igualmente se registrarán en el código 8110 - Bienes y Valores Entregados en Garantía-. 162525 -En fideicomisos de Administración-registra los negocios fiduciarios en los cuales el ente económico realiza la entrega de los bienes fideicomitidos con transferencia de propiedad con el fin que el fiduciario los administre y los destine junto con los rendimientos según el caso al cumplimiento de la finalidad señalada en el contrato. 162535 -En Bienes Recibidos en Arrendamiento Financiero (leasing)-registra los derechos derivados de bienes recibidos en arrendamiento financiero con opción de compra, en los términos previstos en las normas legales vigentes, tales como inmuebles, maquinaria y equipo vehículos y equipo de computación, así como aquellos activos recibidos bajo la figura "lease-back" o retroarriendo. El costo de los derechos sobre estos bienes, lo constituye el valor delcontrato, es decir el valor presente de los cánones de arrendamiento y de la opción de compra pactados, calculados a la fecha del respectivo contrato y a la tasa pactada en el mismo. Los derechos se deben ajustar por inflación conforme a las disposicioneslegales vigentes.
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Por el valor nominal dado como amparo a la propiedad intelectual;
Por el costo de adquisición de la propiedad intelectual, cuando ésta es comprada;
Por el costo de adquisición del puesto en bolsa;
Por el valor del derecho adquirido en el respectivo negocio fiduciario;
Por el valor del contrato (valor presente de los cánones más la opción de compra), de los bienes recibidos en arrendamiento financiero;
Referencia histórica: Por el valor del ajuste por inflación.
Por el costo, por venta o cesión de los respectivos derechos;
Por el costo, por terminación del derecho fiduciario;
Por el valor del impuesto a las ventas a descontar como impuesto de renta, conforme a lo previsto en las normas tributarias;
Por el costo, cuando el empresa ejerza la opción de compra, con cargo a la cuenta respectiva del activo;
Por el costo, cuando no se ejerza la opción de compra.
Corrección de clasificación sin alterar los fondos reales.
Ejercicio histórico del catálogo. Ejercicio de clasificación, no una compra ni un pago: al revisar un comprobante de $250.000, se confirma que el concepto corresponde a «Ajustes por inflación» (162599), pero se había clasificado en «Derechos de autor» (162505). Se corrige únicamente la clasificación, manteniendo la operación original y sin mover dinero. No propone realizar nuevos ajustes integrales por inflación.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 162599Ajustes por inflación | $ 250.000 | — |
| 162505Derechos de autor | — | $ 250.000 |
| Sumas iguales | $ 250.000 | $ 250.000 |
Un activo ordinario aumenta con un débito y disminuye con un crédito. Sus cuentas correctoras tienen naturaleza crédito y reducen el valor neto del activo.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 162599Ajustes por inflación | — | $ 250.000 |
| 162505Derechos de autor | $ 250.000 | — |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Derechos de autor
Contrapartida del ejemplo
839520Bienes y valores en fideicomiso
Cuenta para contrastar
162515En fideicomisos inmobiliarios
Cuenta para contrastar
162520En fideicomisos de garantía
Cuenta para contrastar
16Intangibles
Cuenta para contrastar
162599 Ajustes por inflación y 162505 Derechos de autor son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.