Agrupa las cuentas que representan la acumulación de los costos directos e indirectos necesarios en la elaboración de productos y/o prestación de los servicios vendidos, de acuerdo con la actividad social desarrollada por el ente económico, en un período determinado, así como el valor del ajuste por inflación de los conceptos que componen esta clase, susceptibles de ser ajustados de acuerdo con las normas legales vigentes. Al final del ejercicio económico, los saldos de las cuentas de costo de ventas se cancelarán con cargo a la cuenta 5905 -Ganancias y Pérdidas-. Los costos de ventas y/o de prestación de servicios debe n ser ajustados por inflación conforme a las disposiciones legales vigentes. (La expresión subrayada se entiende derogada por lo dispuesto en la Ley 488/98, art.14 y 154) Ley 488 de 1998, Artículo 14. Efectos contables. Los cambios introducidos por la presente Ley al sistema de ajustes por inflación, se aplicarán también, en lo pertinente, para efectos contables. Ley 488 de 1998, Artículo 154. Vigencia y derogatorias.La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las siguientes disposiciones y las demás que le sean contrarias: ... art.348-1 E.T. Estatuto Tributario, Artículo 348-1. Ajuste de los ingresos, costos y gastos del período gravable. (derogado Ley 488/98, art.154)
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Reconocimiento o aumento de costos de venta.
Disminución, cancelación o traslado de costos de venta.
Ejemplo simplificado de causación contable.
Ejemplo de 6 Costos de venta, usando 6135 Comercio al por mayor y al por menor: Una tienda vende productos cuyo costo registrado era de $450.000. Este es el asiento del costo, separado de la venta.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 6135Comercio al por mayor y al por menor | $ 450.000 | — |
| 1435Mercancías no fabricadas por la empresa | — | $ 450.000 |
| Sumas iguales | $ 450.000 | $ 450.000 |
El costo ordinario aumenta con débitos y se cancela con créditos al cierre. Las devoluciones en compras son una cuenta de naturaleza crédito; distingue el sistema de inventario utilizado.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 6135Comercio al por mayor y al por menor | — | $ 450.000 |
| 1435Mercancías no fabricadas por la empresa | $ 450.000 | — |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Comercio al por mayor y al por menor
Contrapartida del ejemplo
1435Mercancías no fabricadas por la empresa
Contrapartida del ejemplo
5905Ganancias y pérdidas
Cuenta para contrastar
1Activo
Cuenta para contrastar
6 Costos de venta y 1 Activo son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.