Registra los valores apropiados de las utilidades líquidas, conforme a mandatos legales, con el propósito de proteger el patrimonio social. Se incluyen conceptos tales como Reserva Legal, Reservas por Disposiciones Fiscales y Reservas para Readquisición de Acciones y de Cuotas o Partes de Interés Social. La Reserva Legal corresponde a la apropiación de por lo menos el 10% de las utilidades líquidas de cada ejercicio y están obligadas a constituirla las sociedades en comandita por acciones, de responsabilidad limitada anónimas y las sucursales de sociedades extranjeras con negocios permanentes en Colombia, en los términos establecidos por la Legislación Comercia. Las reservas para readquisición de acciones y de cuotas o partes de interés social corresponden a valor apropiado de las utilidades liquidas para cubrir en su totalidad la adquisición de las mismas. Registra también el valor pagado por la compra de sus propias acciones, cuotas o partes de interés social, en desarrollo de la operación de readquisiciónaprobada previamente por el órgano competente.
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Por el cambio de destinación de la respectiva reserva, por mandato del máximo órgano social de acuerdo con las normas legales;
Por el valor de la utilización de la Reserva Lega destinada a enjugar pérdidas:
Por el monto utilizado de la reserva para readquisición de acciones o de cuotas o partes de interés social cuando el precio de recolocación sea inferior al de readquisición;
Por el valor efectivamentepagado en la readquisición de acciones, cuotas o partes de interés social, (subcuentas 330516 ó
Por el saldo registrado a la liquidación del empresa.
Por las apropiaciones de las utilidades líquidas establecidas en el proyecto de distribución de utilidades aprobado por el máximo órgano social;
Por las apropiaciones de las utilidades líquidas en las sucursales de sociedades extranjeras;
Por las apropiaciones de las utilidades de acuerdo con las disposiciones fiscales;
Por el valor de adquisición de las acciones, cuotas o partes de interés social propias readquiridas al momento de su recolocación (subcuentas 330516 ó 330518);
Por el valor de las acciones, cuotas o partes de interés social readquiridas a momento de su cancelación (subcuentas 330516 ó 330518).
Corrección de clasificación sin alterar los fondos reales.
Ejercicio de clasificación, no una compra ni un pago: al revisar un comprobante de $250.000, se confirma que el concepto corresponde a «Reservas obligatorias» (3305), pero se había clasificado en «Reservas estatutarias» (3310). Se corrige únicamente la clasificación, manteniendo la operación original y sin mover dinero.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 3305Reservas obligatorias | — | $ 250.000 |
| 3310Reservas estatutarias | $ 250.000 | — |
| Sumas iguales | $ 250.000 | $ 250.000 |
El patrimonio ordinario aumenta con créditos. Las pérdidas y otras partidas que lo reducen tienen naturaleza débito; la cuenta concreta determina el movimiento.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 3305Reservas obligatorias | $ 250.000 | — |
| 3310Reservas estatutarias | — | $ 250.000 |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Reservas estatutarias
Contrapartida del ejemplo
330516Acciones propias readquiridas (DB)
Cuenta para contrastar
330518Cuotas o partes de interés social propias readquiridas (DB)
Cuenta para contrastar
33Reservas
Cuenta para contrastar
3305 Reservas obligatorias y 3310 Reservas estatutarias son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.