Registra la existencia en dinero efectivo o en cheques con que cuenta el ente económico, tant o en moneda nacional como extranjera, disponible en forma inmediata.
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Por las entradas de dinero en efectivo y los cheques recibidos por cualquier concepto tanto en moneda nacional como en moneda extranjera.
Por los sobrantes en caja al efectuar arqueos.
Por el mayor valor resultante al convertir las divisas a la tasa de cambio representativa del mercado.
Por el valor de la constitución o incremento del fondo de caja menor
Por el valor de las consignaciones diarias en cuentas corrientes bancarias o de ahorro.
Por el valor de la negociación de divisas.
Por los faltantes en caja al efectuar arqueos.
Por el menor valor resultante al convertir las divisas a la tasa de cambio representativa del mercado.
Por la reducción o cancelación del monto del fondo de caja menor.
Por el valor de los pagos en efectivo, en los casos que por necesidades del empresa, se requieran.
Corrección de clasificación sin alterar los fondos reales.
Ejercicio de clasificación, no una compra ni un pago: al revisar un comprobante de $250.000, se confirma que el concepto corresponde a «Moneda extranjera» (110515), pero se había clasificado en «Caja general» (110505). Se corrige únicamente la clasificación, manteniendo la operación original y sin mover dinero.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 110515Moneda extranjera | $ 250.000 | — |
| 110505Caja general | — | $ 250.000 |
| Sumas iguales | $ 250.000 | $ 250.000 |
Un activo ordinario aumenta con un débito y disminuye con un crédito. Sus cuentas correctoras tienen naturaleza crédito y reducen el valor neto del activo.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 110515Moneda extranjera | — | $ 250.000 |
| 110505Caja general | $ 250.000 | — |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Caja general
Contrapartida del ejemplo
1110Bancos
Cuenta para contrastar
1305Clientes
Cuenta para contrastar
3115Aportes sociales
Cuenta para contrastar
11Disponible
Cuenta para contrastar
110515 Moneda extranjera y 110505 Caja general son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.