Registra los saldos a cargo de entidades gubernamentales y a favor del ente económico, por concepto de anticipos de impuestos y los originados en liquidaciones de declaraciones tributarias, contribuciones y tasas para ser solicitados en devolución o compensación con liquidaciones futuras.
Transcripción del catálogo histórico del Decreto 2650 de 1993. No es una lista de reglas fiscales vigentes. La obligación de hacer ajustes integrales por inflación fue eliminada por el Decreto 1536 de 2007.
Por los valores pagados;
Por las retenciones en la fuente practicadas al empresa por los diferentes conceptos establecidos en la ley;
Por el valor del porcentaje retenido sobre el impuesto a las ventas al momento del pago o abono en cuenta en la venta o transferencia de bienes corporales muebles o servicios gravados;
Por el valor del porcentaje retenido sobre el Impuesto de Industria y Comercio, al momento del pago o abono en cuenta, en la venta o transferencia de bienes o servicios;
Por el valor del traslado de la cuenta 2408 -Impuesto sobre las ventas por pagar-en caso de presentarse saldos a favor.
Por la aplicación del impuesto ocontribución del período gravable al cual corresponda;
Por el valor de las sumas obtenidas como devolución;
Por el valor causado por retenciones sobre los impuestos a las ventas y de industria, comercio y avisos correspondiente a las devoluciones y/o anulaciones de operaciones a través de las cuales se enajenaron bienes corporales muebles o se prestaron servicios gravados.
Ejemplo simplificado de causación contable.
Un cliente certifica una retención en la fuente de $300.000 aplicada a una factura comercial ya registrada. Este asiento muestra solo la parte retenida; el pago neto se registra aparte Importe ilustrativo: $300.000. Ejemplo sin impuestos ni retenciones, salvo que se trate de una cuenta de impuestos.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 135515Retención en la fuente | $ 300.000 | — |
| 1305Clientes | — | $ 300.000 |
| Sumas iguales | $ 300.000 | $ 300.000 |
Un activo ordinario aumenta con un débito y disminuye con un crédito. Sus cuentas correctoras tienen naturaleza crédito y reducen el valor neto del activo.
Si se confirma que la operación del ejemplo no debió registrarse y procede anularla, el asiento de reversión invierte cada movimiento. No se usa una anulación para ocultar una operación real.
| Cuenta | Débito | Crédito |
|---|---|---|
| 135515Retención en la fuente | — | $ 300.000 |
| 1305Clientes | $ 300.000 | — |
Compara con el primer asiento: cada débito pasa al crédito y cada crédito al débito, por el mismo valor.
Sigue una conexión para estudiar la cuenta relacionada.
Clientes
Contrapartida del ejemplo
2408Impuesto sobre las ventas por pagar
Cuenta para contrastar
135505Anticipo de impuestos de renta y complementarios
Cuenta para contrastar
13Deudores
Cuenta para contrastar
135515 Retención en la fuente y 135505 Anticipo de impuestos de renta y complementarios son conceptos distintos del catálogo. Elige por el origen y la finalidad del hecho, no solo por tener la misma naturaleza. Revisa qué representa cada cuenta en «Comparar cuentas».
Resuelve una situación práctica y analiza la lógica del asiento contable en partida doble.
Material didáctico estructurado según el PUC para comerciantes (Decreto 2650 de 1993) y su correlación con el marco técnico normativo del Decreto 2420 de 2015 (NIIF Colombia).
El código orienta la clasificación contable; el reconocimiento y medición oficial dependen del hecho económico específico. Tu repaso y progreso se guardan en este navegador.